INFORMACIÓN DESTACADA DOCITALIA "D.O.P."
Domingo, Abril 4
Mejor conocida con el acrónimo DOP, es un sello que indica la protección jurídica que viene otorgada, solamente por ley, a aquellos alimentos cuyas peculiares características cualitativas dependen esencialmente o exclusivamente del territorio en el que se producen.
El ambiente geográfico comprende sea factores naturales (clima, características ambientales) que humanos (técnicas de producción heredadas a lo largo del tiempo, artesanalidad, savoir-fair) que, combinados, consienten obtener un producto inimitable fuera de una determinada área.
A fin de que un producto sea DOP, las fases de producción, transformación y elaboración deben llevarse a cabo en un área geográfica delimitada. Quien hace productos DOP, debe atenerse a las rígidas reglas productivas, establecidas en el manual de producción y el respeto de las mismas está garantizado por un específico organismo de control.
Para poder distinguir visiblemente los productos DOP de los IGP, los colores de la marca DOP fueron cambiados de amarillo con azul a amarillo con rojo, suscitando mucho asombro entre los que hubieran retenido más oportuno que se cambiaran los colores del IGP.
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